Perdió su trabajo? COBRA le permite mantener su seguro de salud

Autor: Lewis Jackson
Fecha De Creación: 12 Mayo 2021
Fecha De Actualización: 15 Mayo 2024
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COBRA es una ley de los Estados Unidos que permite que un empleado cubierto y su familia continúen su cobertura de atención médica grupal cuando se enfrentan a un evento calificado que podría hacer que lo pierdan. Un individuo cubierto por esta ley se conoce como beneficiario calificado. Ejemplos de eventos calificativos para empleados incluyen dejar o dejar su trabajo o reducir sus horas. La ley también permite que el cónyuge y los hijos del empleado continúen su cobertura en caso de que ocurra cualquiera de esos eventos o si el empleado cubierto fallece o se vuelve elegible para Medicare. Además, incluye protección para el cónyuge del empleado si él o ella perdería los beneficios del seguro debido al divorcio. COBRA, que el Congreso aprobó en 1986, significa Ley de Reconciliación Presupuestaria Omnibus Consolidada.


Por qué necesita comprender sus derechos bajo COBRA

El seguro de salud grupal que ofrece su empleador puede evitarle la ruina financiera si usted o alguno de sus dependientes se enferman. Si pierde su trabajo, o algún otro evento amenaza su cobertura, es importante que conozca COBRA y cómo puede protegerlo. El seguro médico grupal es uno de los componentes más valiosos de su paquete de compensación. Algunos empleadores pagan la prima completa, pero muchos requieren que los empleados paguen una parte y, a veces, incluso la totalidad. En cualquier caso, participar en el plan de seguro grupal de un empleador es casi siempre más barato que pagar una póliza de seguro de salud individual.

Cuando deja su trabajo, ya sea que lo despidan o renuncien, no debería tener que ir sin seguro médico porque no puede pagar una póliza individual. Ahí es donde entra COBRA. Le permite continuar participando en el plan de seguro médico grupal de su empleador pagando su póliza por su cuenta. Aquí hay respuestas a algunas preguntas que pueda tener. La información proporcionada aquí es de naturaleza general. El final del artículo le dice a dónde ir para obtener más información.


¿Están todos los planes de seguro grupales sujetos a COBRA?

No todos los planes grupales están sujetos a COBRA. Solo los planes mantenidos por empresas y gobiernos estatales o locales con más de 20 empleados lo son. Los planes de seguro grupales que el gobierno federal de los Estados Unidos, las iglesias y ciertas organizaciones eclesiásticas proporcionan a sus empleados tampoco están sujetos a él. Sin embargo, el Gobierno Federal ofrece algo similar para sus empleados.

¿COBRA lo protege a usted y a su familia?

Si usted o su familia tienen un evento que califica, por ejemplo, pierde su trabajo por cualquier motivo que no sea mala conducta grave, renuncia a su trabajo o su empleador reduce sus horas, usted muere o usted y su cónyuge se divorcian, y responde "sí" a cualquiera de las siguientes preguntas, probablemente sea elegible para COBRA:

  • ¿Trabaja para un empleador del sector privado o un gobierno estatal o local con 20 o más empleados?
  • ¿Está cubierto por el plan de seguro médico grupal provisto por el sector privado de su cónyuge o padre o el empleador del gobierno estatal o local?
  • ¿Estaba usted o su familia cubierto por un plan de salud grupal el día anterior al evento que califica?

Razones para elegir cobertura continua a través de COBRA

Debe optar por continuar sus beneficios de seguro médico grupal cuando:


  • Su plan es mejor que otros planes que pueden estar disponibles.
  • Usted o sus dependientes no tendrán cobertura sin ella.
  • Está satisfecho con su plan y sus proveedores de atención médica.

Razones por las que debe elegir no continuar con su cobertura

No debe usar COBRA para continuar su cobertura si:

  • Puede obtener cobertura del empleador de su cónyuge u otro padre.
  • Encuentra un mejor plan a través del Mercado de Seguros de Salud.

Debe tener en cuenta que, en otras circunstancias, debe esperar hasta un período de inscripción abierta para inscribirse en un plan de seguro de salud, HIPAA, la Ley de Responsabilidad y Portabilidad del Seguro de Salud, brinda una oportunidad para aquellos que han perdido la elegibilidad para la cobertura para inscribirse en otro veces. Esto se llama inscripción especial.

¿Cuánto pagará para continuar su cobertura?

El monto que pagará por las primas de su seguro depende del costo del plan. No pagará más que el costo combinado que el empleador y un empleado pagan por la misma póliza (más 2% por costos administrativos).

3 cosas que deberían suceder después de un evento clasificatorio

  1. Su empleador debe notificar a su plan de seguro de salud dentro de los 30 días posteriores a la finalización de su empleo, una reducción de sus horas o su fallecimiento.
  2. Una vez que recibe la notificación, el plan debe enviarle un aviso de elección a usted y a otros beneficiarios calificados dentro de los 14 días posteriores a la recepción de la notificación de su empleador. Explicará sus derechos y le dirá cómo elegir continuar con su cobertura.
  3. Tendrá 60 días a partir de la fecha en que recibió su aviso de elección o la fecha en que finalizó su cobertura para elegir continuar con su cobertura.

¿Cuánto tiempo puede continuar con su cobertura?

Usted y su familia pueden optar por continuar la cobertura de seguro durante al menos 18 meses si calificó para COBRA porque perdió o dejó su trabajo. Si no paga su prima o comienza la cobertura de otro plan grupal, su cobertura finalizará. Si en algún momento su antiguo empleador ya no brinda un plan de seguro médico grupal a los empleados, ya no podrá participar.

Dónde obtener más información sobre COBRA

Las personas que trabajan para empleadores del sector privado deben comunicarse con la Administración de Seguridad de Beneficios para Empleados, una división del Departamento de Trabajo de los EE. UU. Llame al número gratuito (866) 444-3272 o visite http://www.dol.gov/ebsa/contactEBSA/consumerassistance.html.

Si trabaja para un gobierno estatal o local, debe comunicarse con los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid en:

7500 Security Boulevard
Mail Stop C1-22-06
Baltimore, MD 21244-1850

Descargo de responsabilidad: La información contenida en este artículo es solo para orientación, ideas y asistencia. Si bien la autora hace todo lo posible para ofrecer consejos e información precisos, no es abogada. Por lo tanto, el contenido no debe interpretarse como asesoramiento legal. Consulte los recursos del gobierno o el asesor legal cuando tenga dudas sobre su situación particular.

Fuentes:

  • Departamento de Trabajo. Preguntas frecuentes sobre la continuación de la cobertura de salud de COBRA.
  • NOLO Sus derechos cuando deja un trabajo.