Política de la Fuerza Aérea sobre tatuajes, arte corporal y perforaciones en el cuerpo

Autor: John Stephens
Fecha De Creación: 21 Enero 2021
Fecha De Actualización: 19 Mayo 2024
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Política de la Fuerza Aérea sobre tatuajes, arte corporal y perforaciones en el cuerpo - Carrera
Política de la Fuerza Aérea sobre tatuajes, arte corporal y perforaciones en el cuerpo - Carrera

Contenido

En la Fuerza Aérea, a partir de 2017, los tatuajes en el pecho, la espalda, los brazos y las piernas que aún cumplen con el estándar autorizado no están restringidos por la regla del "25 por ciento". La regla del 25% se refiere al 25% del área del cuerpo cubierta por tatuajes Y no puede ser visible mientras se usa el uniforme. Sin embargo, los tatuajes, marcas o marcas corporales en la cabeza, el cuello, la cara, la lengua, los labios y / o el cuero cabelludo siguen estando prohibidos. Los tatuajes de mano se limitan a un tatuaje de anillo de una sola banda en un dedo de una mano.

Al igual que otras ramas de las fuerzas armadas, la Fuerza Aérea está evolucionando con la cultura. Más del 20% de los solicitantes de la Fuerza Aérea tenían tatuajes que requerían algún tipo de revisión cada año. Ahora la política es más fácil de implementar con menos área gris para la interpretación de los revisores.


Tatuajes / marcas no autorizadas

No autorizado (contenido): Los tatuajes / marcas en cualquier parte del cuerpo que sean obscenos, promuevan la discriminación sexual, racial, étnica o religiosa están prohibidos dentro y fuera del uniforme. Los tatuajes / marcas que son perjudiciales para el buen orden y la disciplina, o de una naturaleza que tiende a desacreditar a la Fuerza Aérea están prohibidos dentro y fuera del uniforme.

Cualquier miembro que obtenga tatuajes no autorizados deberá quitarlos por su cuenta. Usar artículos uniformes para cubrir tatuajes no autorizados no es una opción. Los miembros que no se quiten los tatuajes no autorizados de manera oportuna estarán sujetos a separación involuntaria o castigo bajo el Código Uniforme de Justicia Militar (UCMJ).

Perforación del cuerpo

En uniforme:

Se prohíbe a los miembros colocar, fijar o exhibir objetos, artículos, joyas u ornamentos a través del oído, la nariz, la lengua o cualquier parte del cuerpo expuesta (incluso visible a través del uniforme). EXCEPCIÓN: Las mujeres están autorizadas a usar un arete pequeño esférico, conservador, de diamantes, oro, perla blanca o plata, o con clip, por lóbulo de la oreja y el arete usado en cada lóbulo de la oreja debe coincidir. El arete debe quedar bien ajustado sin extenderse debajo del lóbulo de la oreja. (EXCEPCIÓN: Banda de conexión en pendientes de clip).


Vestimenta civil:

  1. Deber oficial: Se prohíbe a los miembros colocar, fijar o exhibir objetos, artículos, joyas u ornamentos a través del oído, la nariz, la lengua o cualquier parte del cuerpo expuesta (incluso visible a través de la ropa). EXCEPCIÓN: Las mujeres están autorizadas a usar un arete pequeño esférico, conservador, de diamantes, oro, perla blanca o plata, o con clip, por lóbulo de la oreja y el arete usado en cada lóbulo de la oreja debe coincidir. El arete debe quedar bien ajustado sin extenderse debajo del lóbulo de la oreja. (EXCEPCIÓN: Banda de conexión en pendientes de clip)
  2. Fuera de servicio en una instalación militar: Se prohíbe a los miembros colocar, fijar o exhibir objetos, artículos, joyas u ornamentos a través del oído, la nariz, la lengua o cualquier parte del cuerpo expuesta (incluso visible a través de la ropa). EXCEPCIÓN: Se permite la perforación de los lóbulos de las orejas por las mujeres, pero no debe ser extrema o excesiva. El tipo y el estilo de los aretes usados ​​por las mujeres en una instalación militar deben ser conservadores y mantenerse dentro de límites razonables.

Puede haber situaciones en las que el comandante puede restringir el uso de adornos corporales no visibles. Esas situaciones incluirían cualquier ornamentación corporal que interfiera con el desempeño de los deberes militares del miembro. Los factores que se evaluarán al hacer esta determinación incluyen, entre otros: perjudican la operación segura y efectiva de armas, equipo militar o maquinaria; plantea un peligro para la salud o la seguridad del usuario u otros; o interfiere con el uso apropiado de ropa o equipo especial o protector (EJEMPLO: cascos, chaquetas negras, trajes de vuelo, uniformes camuflados, máscaras antigás, trajes húmedos y equipos de rescate en caso de accidente).


La instalación o los comandantes superiores pueden imponer estándares más restrictivos para tatuajes y adornos corporales, dentro o fuera de servicio, en aquellos lugares donde los estándares de toda la Fuerza Aérea pueden no ser adecuados para abordar las sensibilidades culturales (por ejemplo, en el extranjero) o los requisitos de la misión (por ejemplo, básicos ambientes de entrenamiento).

Actualización: La Fuerza Aérea también anunció una política que prohíbe la mutilación del cuerpo, como la división de lenguas.

Preguntas frecuentes

Estas son algunas de las preguntas y respuestas más frecuentes de los expertos sobre la reciente revisión de la Instrucción de la Fuerza Aérea 36-2903 sobre piercing corporal y tatuajes.

Pregunta: ¿Por qué necesitamos una política de tatuajes y perforaciones corporales?

Responder: La política fue creada en base a las solicitudes de los comandantes y primeros sargentos que querían normas y pautas más claras frente a la creciente popularidad del arte corporal y las modas de perforación corporal.

Pregunta: ¿Quién tiene la última palabra sobre la idoneidad de los pendientes, la perforación del cuerpo o la marca?

Responder: Los comandantes y los primeros sargentos son la primera línea de autoridad para tomar esta determinación.La perforación del cuerpo (que no sean aretes) es bastante sencilla: no la muestre mientras esté en uniforme, mientras realiza tareas oficiales en vestimenta civil o en una instalación militar en cualquier momento. Los tatuajes son un poco más subjetivos, pero esta política proporciona pautas a los comandantes para hacer las llamadas.

Pregunta: ¿La política de perforación corporal se aplica a todas las áreas de la instalación militar, incluidas las instalaciones recreativas (piscinas, campos de juego, etc.) y las áreas de vivienda (dormitorios, viviendas militares para familias)?

Responder: Si. Pero también es importante tener en cuenta que la política solo aborda problemas de apariencia personal durante la instalación. Aunque la Fuerza Aérea alienta a los aviadores a mantener una imagen militar apropiada en todo momento, las prácticas de perforación fuera de la base, como el desgaste de aretes por parte de los hombres, no están destinadas a esta política.

Pregunta: ¿Qué les sucede a las personas que tenían tatuajes antes de que esta nueva política entrara en vigencia y que ahora podrían estar violando la política?

Responder: Se espera que la mayoría de los tatuajes caigan dentro de pautas aceptables. Los tatuajes cuestionables se considerarán caso por caso entre los aviadores y su comandante. Si un tatuaje es "no autorizado" (racista, sexista o discriminatorio por naturaleza), el tatuaje debe eliminarse a expensas del miembro. Si un comandante determina que un tatuaje cae en la otra categoría de "inapropiado", hay otras opciones, que incluyen el uso de elementos uniformes para cubrir parte o la totalidad de las imágenes.

Pregunta: ¿Hay un plazo establecido para que se quite un tatuaje antes de ser separado involuntariamente?

Responder: No hay un plazo establecido para la eliminación. El comandante determina el sentido de urgencia, dependiendo de la naturaleza del tatuaje. Por ejemplo, si los aviadores tienen tatuajes inapropiados que les gustaría eliminar voluntariamente, el comandante puede ayudarlos a buscar apoyo médico para el procedimiento. El momento de la extracción, en este caso, dependerá principalmente de la disponibilidad de instalaciones médicas con personal y equipadas para la eliminación de tatuajes.

Pregunta: ¿Cuáles son las diferencias en la política de perforación para mujeres y hombres?

Responder: La única diferencia es el uso de aretes. Los hombres no pueden usar aretes de servicio dentro o fuera del uniforme ni pueden usarlos fuera de servicio en la base. Las mujeres que realizan tareas oficiales en vestimenta civil están limitadas al mismo criterio de uso que cuando usan uniforme: es decir, un pequeño arete esférico, conservador, diamante, oro, perla blanca o plata perforado o clip por lóbulo de la oreja. Los pendientes deben coincidir y deben ajustarse bien sin extenderse por debajo del lóbulo de la oreja.

Información anterior derivada de AFI 36-2903 y el Servicio de Noticias de la Fuerza Aérea