¿Qué es la discriminación religiosa y el alojamiento?

Autor: Randy Alexander
Fecha De Creación: 2 Abril 2021
Fecha De Actualización: 14 Mayo 2024
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Contenido

¿Quiere entender la discriminación religiosa y la responsabilidad del empleador de acomodar las creencias religiosas de los empleados en el lugar de trabajo?

La discriminación religiosa es el tratamiento laboral adverso de un empleado basado en una clase o categoría a la que pertenece el empleado, creencias o prácticas religiosas, en lugar de en el mérito individual del empleado.

La discriminación religiosa está prohibida por el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de l964. De acuerdo con esta Ley, la discriminación religiosa por parte del empleador o posible empleador está prohibida en la contratación, despido y otros términos y condiciones de empleo.

Las condiciones de empleo incluyen decisiones sobre promociones, transferencias de trabajo, vestimenta que no está en el código de vestimenta que requieren las creencias religiosas y proporcionar el tiempo necesario para la práctica religiosa.


Responsabilidades del empleador para evitar la discriminación religiosa

Un empleador no puede considerar las creencias religiosas en ninguna acción laboral que implique contratación, despido, asignaciones de elección, movimientos laterales, etc. Los cargos de discriminación religiosa se arriesgan si los cambios en las horas de trabajo no se ajustan a las prácticas religiosas.

Los empleadores deben hacer cumplir un lugar de trabajo religioso libre de discriminación en el que los empleados puedan practicar sus creencias religiosas sin hostigamiento. Los empleadores deben permitir que los empleados participen en expresiones religiosas a menos que la expresión religiosa imponga una dificultad excesiva al empleador.

En general, un empleador no puede imponer más restricciones a la expresión religiosa que a otras formas de expresión que tengan un efecto comparable en la eficiencia del lugar de trabajo.

Los empleadores deben proporcionar un lugar de trabajo en el que no se permita el acoso religioso de los empleados. Esto se refuerza mediante la implementación de una política contra el acoso y una política de investigación de quejas de acoso.


Se recomienda que los empleadores brinden capacitación contra el acoso con ejemplos sólidos y pruebas periódicas para todos los empleados. Los empleadores deben crear la expectativa y la cultura de apoyo que proporciona un lugar de trabajo libre de acoso para los empleados. El empleador debe reforzar y hacer cumplir proactivamente el comportamiento que se espera en el lugar de trabajo.

Consideraciones adicionales durante una entrevista de trabajo

Durante una entrevista con un empleado potencial, si hace alguna pregunta que le haga hablar sobre creencias religiosas, es posible que haya cometido discriminación religiosa.

Si hace alguna pregunta que haga que su cliente potencial admita la necesidad de alojamiento religioso después de la contratación, es posible que haya discriminado al posible empleado.

(Es legal decirle al candidato las horas de trabajo requeridas del puesto y preguntar si el candidato puede trabajar las horas requeridas del puesto).


Alojamiento para prácticas religiosas

La Ley también requiere que los empleadores se adapten razonablemente a las prácticas religiosas de un empleado o posible empleado.

La acomodación razonable puede incluir, por ejemplo, proporcionar:

  • vacaciones pagas flexibles para que los empleados puedan asistir a los servicios,
  • horarios flexibles para que los empleados puedan asistir a eventos relacionados con la religión,
  • tiempo no pagado o PTO para celebraciones religiosas,
  • la oportunidad para que los empleados intercambien turnos programados,
  • el derecho de los empleados a usar sombreros que requieran religión, independientemente del código de vestimenta de trabajo del empleador,
  • la oportunidad de ofrecer oraciones obligatorias en los momentos apropiados del día,
  • reasignaciones de trabajo y movimientos laterales, y
  • un horario de entrevistas que acomode las prácticas religiosas.

Alojamiento religioso y dificultades indebidas

No se requiere acomodación religiosa si le causa al empleador dificultades indebidas. Un empleador puede reclamar dificultades indebidas si el alojamiento interfiere con intereses comerciales legítimos.

Según la EEOC:

"Un empleador no tiene que acomodar las creencias o prácticas religiosas de un empleado si hacerlo causaría dificultades indebidas al empleador. Una adaptación puede causar dificultades indebidas si es costoso, compromete la seguridad en el lugar de trabajo, disminuye la eficiencia en el lugar de trabajo, infringe los derechos de otros empleados, o requiere que otros empleados hagan más que su parte de trabajo potencialmente peligroso o gravoso ".

Represalias y discriminación religiosa

La discriminación religiosa por parte de los empleadores es ilegal. Entonces, está tomando represalias contra un empleado que identifica la discriminación religiosa.

Es contra la ley tomar represalias contra un individuo por oponerse a prácticas laborales que discriminan por motivos de religión o por presentar un cargo de discriminación, testificar o participar de alguna manera en una investigación, procedimiento o litigio bajo el Título VII.

Las quejas de discriminación religiosa son manejadas por la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC), creada por la Ley de Derechos Civiles de 1964.